Actualmente la mayoría de los drones agrícolas de fumigación que vuelan por nuestro territorio tienen un peso total al despegar de 25 kg en adelante. En Drones Hispania, como sabéis, disponemos del modelo Y10, con un peso de 24,95 kg, y con el Y16 con un peso de 36,8 kg.

Las diferencias entre ellos son claras visualmente, pero las que vamos a tratar en este caso tienen que ver con temas legales. En España los drones se clasifican por categorías según su peso, y en el caso de nuestros modelos teniendo la misma funcionalidad y desarrollados para realizar el mismo tipo de trabajo, están clasificados en categorías diferentes.
Los drones de hasta 25 kg de peso son aquellos drones que pertenecen a la llamada categoría específica, que comprende todas aquellas operaciones con UAS de riesgo medio. Para realizar operaciones en esta categoría es necesario cumplir una serie de requisitos.
En primer lugar, es necesario que un operador registrado en España solicite una autorización operacional, la cual tiene que presentarse ante AESA. En estos momentos, hasta el 2 de diciembre de 2021, esas declaraciones sólo pueden presentarse siempre y cuando la operación se realice en STS-ES, que quiere decir en territorio nacional. A partir de la fecha mencionada se podrá realizar operaciones en el territorio europeo, pero hasta el momento y vuelvo a recalcarlo sólo en territorio nacional. Dicha autorización recogerá los datos administrativos del operador, declaración del cumplimiento de los requisitos operacionales, el cumplimiento de las normas de seguridad y un seguro de responsabilidad civil y química en el caso de la fumigación con productos fitosanitarios.
En segundo lugar, el operador tiene que solicitar una autorización operacional basada en una evaluación de riesgo, donde tiene que incluir un justificante del cumplimiento de las medidas de atenuación, una caracterización de la aeronave, un manual de operaciones, una confirmación del operador garantizando que dispondrá de un seguro para cada vuelo y los procedimientos de coordinación con un agente de seguridad aérea en el caso de realizarse una operación en un espacio aéreo controlado.
Una vez se haya presentado toda la documentación, tenemos que esperar la confirmación de AESA, verificando el cumplimiento de los requisitos. Entonces podremos realizar el vuelo.
Los drones con un peso superior a los 25 kg se clasifican en la llamada categoría certificada, que comprende todos aquellos UAS que realicen operaciones de alto riesgo, como volar sobre concentraciones de personas, transportar mercancías peligrosas o incluso para el transporte de personas.
En el caso de Drones Hispania, diseñamos y fabricamos drones agrícolas especializados en realizar trabajos de fumigación, por lo que este tipo de operaciones se consideran de riesgo medio. Eso quiere decir que cualquier dron que vaya a realizar un trabajo de fumigación se considera que está realizando una operación en categoría específica, por lo que tanto nuestro Y10 como nuestro Y16 podrían realizar las mismas operaciones aunque estén clasificados en categorías distintas.

En conclusión, independientemente del peso de la aeronave, si va a realizar una operación como la de fumigación está considerado como categoría específica y sería necesario presentar todos los documentos mencionados antes de comenzar el vuelo.